El decreto legislativo y el decreto de urgencia son normativas con rango de ley. El primero es una delegación del Congreso para que el Poder Ejecutivo legisle sobre una materia específica y por un plazo establecido por ley. El segundo es una medida extraordinaria del Poder Ejecutivo y válida para regular situaciones de carácter económico-financiero. Para su implementación, ambos deben ser refrendados por el