Tema central de un texto dialéctico

3 ejercicios

Medio
Habilidad Verbal
PUCP 2026

Texto 1

La modificación del artículo 154-B del Código Penal establece de manera precisa y rigurosa que cualquier difusión, revelación, publicación, cesión o comercialización de imágenes, materiales audiovisuales o audios que contengan contenido sexual, “ya sea que dichos elementos hayan sido obtenidos de manera auténtica o que hayan sido elaborados, alterados o manipulados mediante medios digitales o tecnológicos”, será sancionado con pena privativa de libertad y multa. Esta normativa no solo abarca el contenido original, sino también aquellos materiales que hayan sido objeto de transformación a través de técnicas digitales, como la edición o la generación de imágenes sintéticas.

En consecuencia, la modificación del artículo 154-B tiene el propósito de proteger la privacidad y los derechos de las personas frente a la utilización no consentida de su imagen o representación en contextos de índole sexual. El marco legal actualizado busca garantizar que cualquier utilización de tales contenidos, ya sean reales o modificados tecnológicamente, sea castigado penalmente con pena privativa de libertad de dos a cinco años, y, además con una multa que variará entre treinta y ciento veinte días. Este enfoque pretende abordar de manera integral las complejidades inherentes al ámbito digital y tecnológico, proporcionando así una mayor protección y seguridad jurídica para todos los individuos.

Adicionalmente, se establecen dos agravantes para el delito en cuestión. En primer lugar, cuando la víctima sea menor de 18 años de edad, la pena privativa de libertad se impondrá en un rango de seis a diez años, complementada con una multa que oscila entre veinte y trescientos sesenta y cinco días. En segundo lugar, si la víctima tiene menos de 14 años de edad, la pena privativa de libertad será entre diez y quince años, además de una multa que variará entre cincuenta y trescientos sesenta y cinco días.

Esta elevación de la pena representa una medida legal diseñada para aumentar la gravedad del castigo en función de la vulnerabilidad de la víctima. La norma penal establece penas más severas cuando la víctima es menor de edad, especialmente si es menor de 14 años, en reconocimiento del mayor daño y vulnerabilidad que enfrentan los menores en comparación con los adultos. El incremento en la pena privativa de libertad, acompañado de una multa proporcional, busca no solo castigar más rigurosamente a los delincuentes que cometen estos delitos contra menores, sino también disuadir a posibles infractores y ofrecer una protección adicional a los niños y adolescentes.

Pregunta

La intención central del texto es

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Medio
Habilidad Verbal
UNMSM 2026

TEXTO A

Que trabajemos más que generaciones anteriores no es un síntoma de fracaso, sino la consecuencia lógica de una sociedad compleja y competitiva. El mundo actual exige dedicación porque las expectativas de bienestar han crecido: queremos acceso a tecnología, salud, educación, ocio y consumo. Todo eso tiene un coste que solo se sostiene con esfuerzo constante.

Además, la percepción de que “vivimos peor” es engañosa. Nunca antes la esperanza de vida fue tan alta, ni el acceso a bienes y servicios tan democrático. Trabajar más horas es el mecanismo que permite financiar las pensiones, los sistemas de salud y el estado de bienestar en sociedades que envejecen. Si reducimos el tiempo dedicado al trabajo de forma generalizada, el sistema colapsa.

Por otra parte, el mercado laboral premia a quienes más se esfuerzan. En un entorno globalizado, la competencia ya no es local, sino internacional. Quien no trabaja con intensidad queda rezagado frente a profesionales de otros países dispuestos a hacerlo. La queja sobre el exceso laboral oculta a menudo una falta de adaptación a las exigencias del siglo XXI. No es que vivamos peor, es que hemos elevado tanto el listón del bienestar que mantenerlo exige un esfuerzo proporcional.

TEXTO B

La paradoja es evidente: nunca habíamos trabajado tanto ni tan intensamente; sin embargo, la satisfacción vital se desploma. La tecnología prometió liberarnos de tareas repetitivas, pero ha difuminado las fronteras entre el trabajo y la vida. Respondemos correos a medianoche, estamos disponibles en vacaciones y la ansiedad laboral se ha cronificado. Trabajamos más, pero ese trabajo ya no se traduce en bienestar.

El problema es estructural. Los salarios reales llevan décadas estancados mientras la productividad aumenta. Ese excedente no revierte en los trabajadores, sino en beneficios empresariales y retribución a accionistas. Trabajamos más horas para mantener el mismo poder adquisitivo, atrapados en una “carrera de ratas” en la que el esfuerzo extra no mejora nuestra vida, solo evita que empeore.

Además, el coste humano es devastador. El aumento de los trastornos de salud mental, la soledad no deseada y la desintegración de los vínculos comunitarios son consecuencia directa de un modelo que consume nuestro tiempo vital. Hemos confundido medio y fin: el trabajo debería ser el instrumento para vivir bien, no el fin que devora la vida. Si trabajamos más y vivimos peor, el modelo está fracasando estrepitosamente.

Adaptado de: Judit, T. (2012). El pensar entre siglos. Taurus.

¿Cuál es el tema central que articula el debate de ambos textos?

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